ÓRGANOS DE ACOMPAÑAMIENTO, SEGUIMIENTO Y CONTROL O EVALUACIÓN


1.-    De Los Docentes


    La Directora es la encargada de hacer el acompañamiento y hacer cumplir el ordenamiento jurídico aplicable en el sector educativo, impartir las directrices y orientaciones pedagógicas, administrativas y disciplinarias dictadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y de la Dirección General de Educación del Estado Bolivariano de Miranda. Desde esta perspectiva garantiza que los Docentes del Plantel cumplan con la siguientes Funciones:
  1.     Conocer todo lo relativo a su función docente, prescrita en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, Decretos y Normas del Ministerio del Poder Popular para la Educación y las Normas de Convivencia de éste Plantel.
  2.    Cumplir con el mayor grado de eficiencia las responsabilidades propias de la profesión Docente previstas en su horario de trabajo y actividades establecidas en los programas oficiales y otras que le fueran asignadas por las Autoridades Educativas correspondientes.
  3.    Cuidar que su presentación personal esté acorde con la labor que cumple, así como, utilizar un vocabulario adecuado para dirigirse a los y las estudiantes, demás miembros de la comunidad educativa y visitantes.
  4.    Observar absoluta reserva sobre las informaciones referidas a personas y sobre los pormenores de los cuales tenga conocimiento en las funciones de su cargo, que por discreción debe guardar.
  5.    Evitar propagar ideas filosóficas, culturales o ajenas a la identidad institucional, municipal, estadal o nacional. Igualmente, debe evitar realizar acciones de proselitismo político, religioso, o comerciales dentro de la institución.
  6.    Presentar en el tiempo establecido los recaudos exigidos por las distintas instancias del plantel, tales como planificación, planes de evaluación, informes de actividades de campo, entre otros.
  7.    Asistir puntualmente de acuerdo con su horario previamente establecido por las autoridades del Plantel, no interrumpir las labores antes del término de las mismas, tomar la asistencia, asentando las inasistencias, observaciones y firmar el registro de clases.
  8.    Cumplir con las guardias establecidas y ambientación de las carteleras y áreas comunes.
  9.    No descuidar la formación de valores en sus estudiantes, a través de las diversas actividades a desarrollar.
  10.    Atender a los estudiantes durante las horas de clases, evitando todo trabajo u ocupación ajena a dicha actividad.
  11.    Adoptar una actitud de servicio y colaboración en las actividades programadas por el Plantel.
  12.    Asumir como deber docente, la disciplina del Plantel en todo momento. Cuando se encuentre frente a su curso o a un grupo de estudiantes dentro o fuera del aula, debe tener una actitud de iniciativa para evitar o corregir cualquier situación o acto contrario a los fines y normas de la institución.
  13.    No solicitar útiles escolares, materiales muy costosos o de difícil adquisición a los y las estudiantes. Igualmente, hacer un uso correcto y racional de los útiles y materiales traídos por los mismos.
  14.    Mantener una relación sincera, respetuosa, cercana y abierta al diálogo con todos los miembros de la comunidad educativa.
  15.    Supervisar el cumplimiento de las normas de convivencia, el uniforme escolar y la presentación personal de sus alumnos.
  16.    Solicitar con quince días (15) días hábiles de anticipación ante la Dirección, la autorización para llevar a los y las estudiantes a trabajos de campos, paseos, eventos deportivos, culturales, sociales y similares. Asimismo, debe tener autorización del representante por escrito antes de realizar cualquiera de las actividades aquí descritas.,
  17.    Solicitar permiso ante la Dirección de la institución por lo menos con dos (2) días de anterioridad, cuando requiera ausentarse de sus labores, salvo en casos de estricta emergencia.
  18.    Negar permiso a los y las estudiantes para ir a otros salones o lugares, por razones de seguridad y para no interrumpir el trabajo de los otros cursos, salvo en caso de extrema necesidad.
  19.    Honrar a la patria y a sus símbolos conjuntamente con las y los estudiantes.
  20.    Resguardar y hacer uso adecuado del material de trabajo y mobiliario.
Los miembros del personal Docente (Incluye a los suplentes) que incurren en el incumplimiento de sus deberes serán sancionados disciplinariamente conforme a los previsto en la Ley Orgánica de Educación (LOE), en el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (REPD) y demás normativas jurídicas sobre la materia.
           Por otra parte la Directora recibe acompañamiento  y apoyo en esta gestión por parte de las autoridades de la Región Educativa y de la Dirección General  de Educación. La Coordinadora de RED mensualmente visita la institución, al igual que la coordinadora de la Modalidad de Educación Especial para dar las orientaciones necesarias y sistematizar el trabajo realizado.


2.-   De los Estudiantes:

La Directora, el Personal Docente, el Equipo Interdisciplinario y los Padres y Representantes supervisan y apoyan que los estudiantes en el cumplimiento de los deberes establecidos en el Manual de Convivencia de Plantel. Estos deberes son:

  1.     Cumplimiento de las actividades previstas, tareas y trabajos que le sean asignados bajo la supervisión y apoyo del Representante, Docente y Equipo Interdisciplinario.
  2.     Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres.
  3.     Mantener una actitud de respeto para con todos los miembros de la comunidad educativa y visitantes, acorde con la consideración que se debe guardar a la dignidad humana.
  4.     Respetar los Símbolos de la Patria, al Libertador y a los demás Valores de la Nacionalidad.
  5.     Utilizar apropiadamente las instalaciones, el mobiliario y cualquier tipo de material de la institución, colaborando con su conservación y limpieza dentro de los límites de su condición.
  6.     No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares.
  7.     Abstenerse de traer al Plantel impresos u otras formas de comunicación que produzcan terror, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje, atenten contra los valores, la moral y las buenas costumbres.


La corrección disciplinaria es una acción pedagógica que tiene como finalidad establecer la responsabilidad en los casos en que los estudiantes hayan incumplido con sus deberes, vulnerando sus derechos o los derechos de los demás. El Equipo Interdisciplinario y los Docentes orientan tanto al Estudiante como a sus Padres y Representantes en casos de Indisciplina, respetando siempre el interés superior del Niño.  Las Faltas en la Institución se Clasifican en Leves y Graves.





Se considera que los y las estudiantes incurren en Faltas Leves en los siguientes casos:
  1.     Irrespetar los derechos de las demás personas.
  2.     Dañar el medio ambiente.
  3.     Incumplir con los deberes escolares.
  4.     Tener el corte de cabello, color y peinado no permitido.
  5.     Abandonar el aula sin autorización.
  6.     Hacer juegos y bromas de mal gusto. .
  7.     Expresar críticas en forma inadecuada e irresponsable.
  8.     Evadir sus deberes cívicos y/o ciudadanos. (Entonación del Himno Nacional y del Estado)
  9.     Mantener una actitud inapropiada en formación de patio, celebraciones, efemérides, actos, entre otros.
  10.    Ignorar órdenes, instrucciones o llamados de atención.
  11.    Retener o esconder pertenencias ajenas o usar útiles de otros sin su consentimiento.
  12.     Burlarse de las cualidades físicas, emocionales o intelectuales de otros
  13.     Interferir en el desarrollo de la clase.
  14.     Utilizar inadecuadamente materiales o mobiliario de la institución.

Se consideran Faltas Graves las siguientes:
  1.     Cometer actos violentos de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa: estudiante, representante, personal docente, administrativo o mantenimiento.
  2.     Autoagresiones dentro y fuera del aula.
  3.     Apropiarse en forma indebida de cualquier tipo de objetos, útiles o enseres.
  4.     Causar daños a útiles de otro compañero
  5.     Portar, traficar, consumir o fumar cigarrillos/tabacos, sustancias estupefacientes o bebidas alcohólicas en el recinto escolar, en sus alrededores, o en cualquier actividad programada bajo la responsabilidad del Plantel, o fuera del mismo, portando el uniforme escolar.
  6.     Obstaculizar o interferir en las normas de desarrollo de las actividades escolares o alterar gravemente la disciplina.
  7.     Manifestar conductas que pongan en peligro la seguridad propia y/o la de los demás.
  8.     Introducir en el Plantel impresos ajenos o contrarios a sus principios educativos y/o a la moral y las buenas costumbres (pornografía, exaltación de la violencia, entre otros).
  9.     Deteriorar o destruir en forma voluntaria el local, mobiliario, útiles y demás bienes del ámbito escolar.
  10.     Fomentar y participar en actividades que entorpezcan gravemente el normal funcionamiento de la Institución, tanto en las actividades ordinarias como en las extracurriculares.
  11.     Cualquier actuación, no necesariamente del conocimiento público, que a juicio de las autoridades del Plantel se considere grave.
  12.     Mostrar una actitud desafiante frente a los adultos.
  13.     Aprovecharse de compañeros más débiles, sometiéndolos a situaciones de presión.

Para la Aplicación de Medidas Disciplinarias se lleva a cabo el siguiente Procedimiento Administrativo:

En este caso el Docente, el Directivo o un miembro del Equipo Interdisciplinario se entrevistan con el estudiante que haya incurrido en la falta, escuchará su explicación sobre el hecho  siempre que la condición del mismo se lo permita y procederá, si hay causa que la justifique, a aplicar la medida alternativa de resolución de conflictos correspondiente, dejando constancia escrita en el libro de acta de la institución. Se aplica el siguiente procedimiento:
  1.     Corrección verbal.
  2.     Después de tres incidencias se enviará comunicación por escrito al representante informándole sobre la necesidad de colaborar para subsanar la situación.
  3.     El estudiante realizara un trabajo formativo que la ayude a entender el registro de hechos cometido.
  4.     La reincidencia de estos registros de hechos cometidos por tercera vez, la convierten en registros de hechos cometidos graves.

El procedimiento para las Faltas Graves se aplica de la siguiente forma:
  1.     Levantamiento del Acta por parte de la persona que presenció el hecho.
  2.     Entrevista con el Representante: es una reunión entre el Representante, Docente, Director y miembros del Equipo Interdisciplinario para abordar de forma pedagógica y racional, la conducta del estudiante y llegar a compromisos conjuntos para fortalecer su respeto hacia los derechos de las demás personas, así como el cumplimiento de sus deberes. Estos acuerdos deben asentarse en el Acta de Compromiso con el Representante.
  3.     Cuando un niño, niña o adolescente reincida en un registros de hechos cometidos  grave y el representante no cumpla con las orientaciones dadas por el Equipo Interdisciplinario el expediente será remitido de carácter inmediato al Consejo de protección del Niño, Niña y Adolescente o a Fiscalía de Menores tomando en cuenta la magnitud de los registros de hechos cometidos  y edad del escolar.
  4.     Aplicación tanto en el aula como en el hogar de Técnicas de Modificación de Conducta orientadas por la Psicóloga del Plantel.

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I.E.E.E "Manuela Sàenz"